18 junio 2007

Nueva Ley Penal Juvenil establece condenas de cárcel para menores de edad
A responder por sus actos, jóvenes

- Persisten críticas por falta de infraestructura para rehabilitación. También las dudas acerca de si vulnera la Convención sobre Derechos del Niño.

- En su primera semana de vigencia, arroja un saldo de 358 menores imputados en los tribunales de garantía, la mayoría por robos.

Carlos Alfredo R.B. tiene 16 años y cara de niño bueno, pero el martes 12 de junio fue detenido y acusado de asaltar a golpes a una joven discapacitada de Renca, quien sufrió lesiones de mediana gravedad. En el control de detención que se efectuó al día siguiente, en el Cuarto Juzgado de Garantía de Santiago, el angelical adolescente salió en libertad cautelar, mientras que su secuaz, mayor de edad, quedó en prisión preventiva y a la espera de la investigación y posterior juicio oral. El de Carlos Alfredo R.B es uno de los primeros casos vistos en el marco de la nueva Ley de Responsabilidad Penal Adolescente, que comenzó a regir el viernes 8 de junio y que considera imputables a los mayores de 14 y menores de 18 años que comentan delitos.

Video con desarrollo del control de detención


Al momento de su captura, Carlitos Alfredo se encontraba libre gracias a otra medida cautelar en un juicio por hurto que se desarrolla en el marco del anterior sistema procesal. En este juicio, debe esperar el test de discernimiento que fue eliminado por la nueva ley. En el Cuarto Juzgado de Garantía también estaban José, un joven de 17 que salió de un control de detención por porte ilegal de arma, y Sebastián, otro muchacho que esperaba a su hermana menor de edad imputada por robo con violencia. Y mientras estaban en los pasillos del Centro de Justicia de la capital, algo tenían que decir acerca de la nueva ley:

Ahora los jóvenes pueden ir a la cárcel durante mucho tiempo si se les condena por crímenes. En casos de delitos más graves, la ley contempla penas de presidio de hasta 5 años y 1 día para los menores de 14 a 15, y un máximo de 10 años para los jóvenes mayores de 16 y menores de 18. Precisamente por estas sentencias tan largas, se considera que la norma vulnera la Convención sobre los Derechos del Niño, que señala que “ningún niño será privado de su libertad, ilegal o arbitrariamente. La detención, el encarcelamiento o la prisión del niño se llevará a cabo de conformidad con la ley y se utilizará tan sólo como medida de último recurso y durante el período más breve que proceda”.

¿Qué opinan de esta crítica los fiscales, que son precisamente los encargados de acusar a los jóvenes? Para Ernesto Vásquez, subjefe de la Unidad de Responsabilidad Penal Adolescente del Ministerio Público, hay que buscar un equilibrio entre los derechos de las víctimas y de los jóvenes:

¿Pero por qué Carlos R.B. quedó libre y no en internación provisoria, dada la gravedad del hecho? ¿Y no se suponía que con la nueva norma no sería tan fácil recuperar la libertad? Zafó porque no registra condenas. El juicio por hurto no cuenta, pues al haberse producido ese ilícito antes de la entrada en vigencia de la Ley Penal Juvenil, hay que esperar el trámite de discernimiento. En todo caso, el control de detención nada dice acerca de la culpabilidad o inocencia de un joven, como lo aclara la defensora pública María Paz Martínez en el siguiente video:

En conclusión, Carlos R.B. es primerizo en la nueva ley y, como tal, tiene el beneficio de esperar el juicio oral en libertad y no en internación provisoria (o prisión preventiva para los mayores de edad). Pero lo importante es que la gran mayoría de los menores que serán procesados de acuerdo a esta nueva ley se hallará en condición de primerizo. Es decir, los recintos del Sename, donde cumplirán de ahora en adelante los menores condenados, incluso aquellos convictos por los crímenes más graves, no sentirán la presión de la “demanda”, por el momento. Eduardo Muñoz, jefe de la Unidad de Responsabilidad Juvenil Penal del Sename Metropolitano, responde a las críticas por la supuesta violación de los derechos del niño y la falta de infraestructura:

Muchos de los primerizos condenados se acogerán a las medidas alternativas a la prisión contempladas en la Ley Penal Adolescente. Sin embargo, a medida que esos mismos jóvenes recaigan en el delito y, como reincidentes, ya no tengan beneficios, deberán cumplir sentencia tras las rejas. Y aquí es donde aparecen las dudas sobre la capacidad física y preparación del “sistema” del Servicio Nacional de Menores para la rehabilitación que contempla la nueva disposición legal. Por ejemplo, el abogado y ex defensor público Rodrigo León Pinto cree que esta ley puede convertirse en un “transantiago 2”:


Precisamente, los funcionarios del Sename fueron a paro en demanda de mayores recursos para cumplir con la labor de reinserción social que les encarga la ley. El senador Alberto Espina, de Renovación Nacional, criticó la falta de preparación en infraestructura por parte del Gobierno, lo cual provocó la paralización de los funcionarios:

También hay dudas entre los líderes juveniles. Maximiliano Mellado, presidente del Centro de Alumnos del Liceo Manuel Barros Borgoño, teme que la nueva ley los intimide para seguir con sus acciones de protesta, porque no saben en qué situación podrían quedar si caen detenidos:

Son dudas que deberán aclararse a medida que se va aplicando la nueva ley que, en su primera semana de vigencia, muestra un resultado de 358 menores imputados en los tribunales de garantía, la mayoría por robos. De ellos, sólo 36 recibieron la medida de internación provisoria. Entre ellos no estaba Carlitos Alfredo.

Editor general: Claudio Leiva.
Reporteros: Lucy Acuña, Edith de la Rosa y Claudio Leiva.
Edición de videos: Alejandra Bravo.
Edición de podcast: Lucy Acuña.
Locución: Alejandra Bravo.
Producción: Iván Borcosky, Vitalia Díaz, Patricia Lorca, Elízabeth Salazar y María Sandoval.

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